Turismo

Comisión Nacional Electoral ADOMPRETUR – Resolución #4-.

Asociación Dominicana de Prensa Turística, Inc.
Comisión Nacional Electoral
ELECCIONES VIERNES 18 de JULIO DE 2025
Circular No. 4

La Comisión Nacional Electoral de la Asociación Dominicana de Prensa
Turística (Adompretur) informa lo siguiente en esta cuarta circular:
Para que los miembros de cada filial puedan participar en el proceso electoral a
celebrarse para elegir la junta directiva nacional y las directivas de las filiales
para el período 2025-2027, las directivas de las filiales deberán cumplir
puntualmente con los siguientes requisitos:

1. Después de recibir las comisiones electorales de cada una de las filiales
recibimos finalmente la Comisión de Samaná, con la cual completamos
las 13 filiales que participarán en el proceso electoral, solo se quedará
fuera de la filial de Miami, que no completaron con los requisitos en el
tiempo pautado por esta Comisión.

2. A todas las filiales, les recordamos que el plazo de inscripción de
las planchas son el jueves 3 de julio. Al momento de la inscripción, todos los
participantes a cargos electivos deben estar al día en el pago de sus
cuotas y cumplir con los requisitos contemplados en los Estatutos en los
artículos 6, 7, 8 y 9. Anexamos a esta circular nuevamente los Estatutos,
el Reglamento Electoral y el Reglamento de filiales para los fines
correspondientes.

3. Solicitamos a cada filial enviar la lista de miembros con sus estatus de
pago al día e indicando los miembros activos y los pasivos y el medio
donde laboran o la actividad profesional periodística de comunicación
social que los vincula con el sector turismo.

Este dato es importante.

porque los aspirantes a ocupar cargos electivos deben ser periodistas.
profesionales con participación importante en la divulgación de la
Información turística. Este reporte debe estar disponible el 30 de
junio para quienes aspiran a cargos electivos, y para los demás
miembros que quieren participar y votar en las elecciones.

a) Los cargos de la filiales elegir son:
– Secretario general
– Sub secretario general
– Director de Finanzas
– Director de Relaciones Institucionales
– Director de Capacitación
– Director de Relaciones Públicas
– Director de Eventos
– Director de Cultura y Turismo
– Vocal
Nota. En respuesta a la solicitud del señor Luis Fortuna de la filial
Sosua-Caberete, lo invitamos a leer las circulares 1, 2, 3 y 4 que están
Comisión Nacional Electoral ha emitido. También, le sugerimos leer los
Estatutos y Reglamento Electoral, anexos a esta circular.
4. Las planchas que se presenten para participar en las elecciones
deben cumplir con lo siguiente:

a. Pagar una cuota de RD$5,000.00. Estos recursos serán utilizados.
para pagar los costos del proceso electoral (impresión de padrón, impresión de
boletas, urna, local de las elecciones, etc.). Al finalizar el proceso electoral, el
presidente de la Comisión Electoral de las filiales debe enviar el reporte de los
gastos destinados a ese proceso.

5. Los candidatos deben ser miembros activos y la directiva de filial
deben indicar que han participado en las asambleas, en las reuniones de la
directiva de filial y en las actividades a las que se les convoca.
6. Solicitamos a los secretarios generales de las filiales y a los directores
regionales confirmar que han recibido esta circular y las anteriores (circular 1, 2
y 3).
Adompretur es una asociación de periodistas y comunicadores.
especializados en turismo, cuya labor está relacionada de manera directa
con la actividad turística. Solo quienes cumplan esta condición, que
indican los estatutos que pueden ocupar puestos directivos.
Artículos referidos de los Estatutos de Adompretur:

Artículo 6.- Son socios activos los periodistas y comunicadores que realizan
regularmente actividades de su profesión directamente relacionadas con el
sector turismo, y que han sido admitidos y cumplen con sus deberes
institucionales en Adompretur.

Artículo 7.- Se considera periodista profesional el que tiene por ocupación
regular y retribuida el ejercicio de la profesión en cualquiera de sus ramas y
obtiene de ella los principales recursos para su existencia.

Artículo 8.- Para los fines de Adompretur se considera comunicador turístico
quien realiza una labor profesional de comunicación y relaciones públicas en el
sector turístico.

Artículo 9.- Son socios pasivos los que invocando alguna razón comprensible,
cesan temporalmente sus actividades profesionales directamente vinculadas a
la industria turística, o se desvinculan de sus deberes como miembros de
Adompretur bajo circunstancias extraordinarias.

Párrafo. Los socios pasivos no pueden ser miembros de la junta directiva,
Tribunal Disciplinario o de cualquier otro organismo de dirección.
Dado en Santo Domingo, capital de República Dominicana, a los treces (13)
días del mes de junio del presente año dos mil veinticinco (2025).

Manuel Quiterio Cedeño
Presidente

Miguelina Santos
Secretaria

Barnadiz González
Miembro

Margarita Brito
Suplente

Aurelio Henríquez
Suplente

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