Económicas

¿Feriado del Natalicio de Duarte se cambia o no se cambia?

Nacional. El Ministerio de Trabajo indicó que el Día del Natalicio del Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, que se celebra el próximo domingo 26 de enero, no será movido debido a las disposiciones de la Ley 139-97.

«En ese sentido, los sectores público y privado deben retornar a sus labores cotidianas el lunes 27 del presente mes, respectivamente», indica el ministerio.

Una de las «costumbres laborales» en algunas empresas es realizar un «puente» cuando los días feriados caen en fechas que interrumpen la semana laboral, convirtiéndose así en un fin de semana largo para quienes lo apliquen.

Un puente laboral es un período de días de fiesta o vacaciones que se forma al unir un día festivo con otro o con un fin de semana.

Sin embargo, las industrias y comercios que necesitan mantener su operatividad durante el día feriado, debido a la naturaleza de sus labores, convocan a trabajar a sus colaboradores, pero deben pagarles ese día al doble de su costo, como lo indica el Código de Trabajo.

El artículo 165 de dicho código establece que los días declarados no laborables por la Constitución o las leyes son de descanso remunerado para el trabajador, salvo que coincidan con el día de descanso semanal.

Mientras que el artículo 205 indica que, cuando por convención entre las partes el trabajador preste servicios en un día declarado legalmente no laborable, recibirá como retribución el salario a que tiene derecho aumentado en un 100 %.

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