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Rodríguez Huertas afirma es bochornosa e ilegal decisión Indotel prohibir a ACDMEDIA uso frecuencia del canal 3 virtual

SANTO DOMINGO.-El jurista Olivo Rodríguez Huertas afirmó que es bochornosa e ilegal la decisión de Indotel de prohibir el uso de la frecuencia del canal tres virtual, mientras se dirime un conflicto entre esa institución y Telemicro, en el Tribunal Superior Administrativo (TSA).

Rodríguez Huertas aclaró que el conflicto entre Indotel y Telemicro no tiene nada que ver con la operación de frecuencia del canal 3 de parte de ACDMEDIA, ya que la autorización para operar es legal y emana de una institución oficial, facultada por ley para ello.

“Desde mi punto de vista, algo que no se puede usar que ya tiene un acto administrativo firme con autoridad de la cosa decidida administrativa, que la única forma que habría para despojarlo de su efecto es que el propio Indotel lo declare que lo dictó en nulidad y que entonces vaye y demande, porque no podría volver sobre su propio acto el propio Indotel, tendría que ir a demandar, nada de eso existe”, sostuvo Rodríguez Huertas, entrevistado en Ahora por la Súper Siete.

Recordó que hubo personas (Franasyl SRL) que se invistió con la titularidad del uso de ese canal virtual.

“Una cosa no tiene que ver con la otra, y si una cosa no tiene que ver con la otra, no podría a través de un anuncio en un periódico  despojarse de la plenitud de efecto, porque eso, incluso, tendría una naturaleza confiscatoria”, precisó el jurista.

Dijo que la decisión del Indotel de no permitir el uso del canal tres virtual a ACDMEDIA es arbitraria, y dispuesta sin fundamentos, es un error grave.

Rodriguez Huertas manifestó que la disposición del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones podría comprometer la responsabilidad solidaria respecto de los perjuicios que se deriven de esa situación.

“Me parece –dijo- que no hay razón alguna para mantener, lo que está en la justicia, claro, como dijo el presidente Gómez Mazara en ese asunto, que lo que está en la justicia que siga en la justicia, pero lo que está en la justicia no es este tema. Este tema no tiene de otra que seguir el régimen de los efectos de un acto que dictó el propio Indotel y que tiene una presunción de validez y surte plenamente sus efectos jurídicos”, precisó.

Manifestó que ACDMEDIA, que no ha hecho impugnación puede proseguir con el ejercicio de su derecho de usar la frecuencia del canal tres virtual y que coartar el ejercicio de ese derecho puede coartar y derivar en consecuencias resarcitorias.

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