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Sentencia del TC abre el camino a candidatos al margen de partidos


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El Tribunal Constitucional (TC) abrió el camino para que candidatos independientes puedan aspirar a puestos de elección popular sin los requisitos de un partido tradicional, como exigía la Ley de Régimen Electoral, 20-23, lo que podría cambiar el escenario político de cara a las próximas elecciones.

La Alta Corte declaró inconstitucional los artículos 152 y 157 de la referida norma, que establecían que esas candidaturas debían presentarse a través de agrupaciones políticas «constituidas de conformidad con la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos».

Para optar por la Presidencia, se requería una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos.

Nueve jueces del TC votaron a favor de eliminar estos requisitos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

La sentencia concluyó que había una desconexión entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar como independiente a la creación de una organización política.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», explica el fallo.

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