Sentencia Histórica: Jueza ordena venta anticipada de bienes incautados en Operación Guepardo

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RESUMEN
La magistrada Vicky Chalas tomó la decisión tras acoger un pedimento solicitado en ese sentido por los fiscales Claudio Cordero y Manuel Castro, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PEPCA), junto a la fiscal Mayerling Rondón de La Romana.
Los bienes incautados corresponden a la empresa Novasco Real Estate SRL, vinculada a los cabecillas de la red Loany Lismeiry Ortiz Nova (cabecilla principal, apresada en Colombia y pendiente de extradición).
El Ministerio Público explicó que la venta anticipada busca evitar que los bienes, como materiales de construcción y equipos de oficina, se dañen o se deterioren.
Sostiene que los fondos obtenidos producto de las ventas se conservan en una cuenta del Estado con fines de resarcimiento a las víctimas, una vez que un tribunal ordene el decomiso final en una sentencia condenatoria.
Aplicación de la Ley 60-23
Esta sentencia se fundamenta en el Artículo 69 de la Ley 60-23 para la Administración de Bienes Secuestrados y Abandonados. Dicha ley crea el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide).





