La suspensión a la prohibición de encuestas aprobada por la JCE es definida de «prudente y positiva»; se esperará un fallo del TC.
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RESUMEN
Santo Domingo, RD.-. Como “prudente” y “positiva” fue definida este lunes la decisión de la Junta Central Electoral de dejar sin efecto la restricción establecida en un reglamento referente a la publicación de resultados de encuestas, mientras el Tribunal Constitucional se encuentra apoderado de un recurso de nulidad y de inconstitucionalidad.
La Junta ha dejado en “pausa” esta disposición hasta que haya un fallo definitivo de parte del Tribunal Constitucional, ya que diferentes sectores han advertido que esa prohibición, por la vía de reglamento y al margen de la Ley de Partidos, viene a contravenir un mandato constitucional.
El grupo de comunicación ACD Media mantuvo una postura firme contra el contenido de esa prohibición, ya que durante varios años ha venido con la publicación de resultados de encuestas sobre los tópicos sociales, económicos y políticos.
Postura de ACD Media
Ante ese contexto, el grupo que lidera el periodista Dany Alcántara extendió su felicitación a la JCE por acogerse a la ley y disponer la suspensión de lo referente a la prohibición de las encuestas, que está contenido en el artículo décimo tercero del reglamento aprobado por el pleno de la institución.
“Con la decisión de la Junta se reconoce la libertad de prensa, de empresa y la democracia. El órgano que regula el proceso electoral y que tiene la responsabilidad de administrar el registro civil ha obrado conforme a lo que le pauta la Constitución de la República, su ley orgánica y la ley de partidos y agrupaciones políticas”, agregó.
Se resalta prudencia en la JCE
Al emitir su opinión sobre disposición, el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán considera que “es una decisión que hay que valorar como positiva”.
Argumenta que “a fin de cuentas, esa resolución de la JCE fue cuestionada no solamente desde el punto de vista de su legalidad, sino también desde el punto de vista de su constitucionalidad».
Castaños Guzmán manifestó que la regulación colocaba a la JCE en una posición vulnerable a cuestionamientos.
Entiende que la suspensión de la restricción, aprobada el viernes por tres de los cinco miembros de la Junta Central Electoral, constituye una medida de “prudencia”.
Confía en que el artículo 13 del reglamento no quede sin efecto solo de manera provisional, hasta el fallo del Tribunal Constitucional, como lo decidió la JCE, sino que pueda ser dejado sin efecto definitivamente.
También reacciona con apoyo
El excoordinador de Participación Ciudadana, Cándido Mercedes, aseguró que con la prohibición de la publicación de encuestas, la JCE extendía sus facultades legales.
Dijo que el artículo 13 del reglamento venía a contravenir a aspectos contenidos en la Constitución y en las leyes de Partidos y de Régimen Electoral.
“Ese reglamento estuvo muy bueno hasta que se involucró con el artículo 13″, consideró Mercedes.
«Eso es lo que se llama abuso de poder. Y el deber de cualquier institución no es abusar del poder, es establecer las leyes que lo amparan».
Prohibición sin efecto
La decisión de la JCE se produjo después de que el 22 de mayo de 2026 la organización Justicia Sin Fronteras interpuso una acción para procurar la nulidad del artículo 13.





