Miembros de la Policía y Fuerzas Armadas podrán tener relaciones homosexuales sin ser sancionados.

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RESUMEN
El Tribunal Constitucional (TC) informó que está conociendo una acción directa de inconstitucionalidad contra los códigos de justicia de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, creados mediante las leyes 3483-53 y 285-66, respectivamente.
En ese sentido, el abogado especialista en derecho internacional público y derechos humanos, Anderson Dirocie De León y la constitucionalista y especialista en derecho administrativo, judicial y de género, Patricia Santana Nina presentaron una acción que busca la declaratoria de inconstitucionalidad de la máxima instancia judicial del país acerca del artículo 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional, y del 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas.
El artículo 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y el artículo 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas castigan con hasta dos años y un año de prisión, respectivamente, la “sodomía” entre personas del mismo sexo cuando se trata de oficiales.
Santana Nina explicó que se trata de un primer paso para que policías y militares LGBTIQ puedan acceder y mantenerse en la función sin obstáculos y para ir desmontando las prácticas discriminatorias y arbitrarias que pueden caracterizar los procesos disciplinarios a lo interno de estas instituciones y que se traducen en graves violaciones al debido proceso y a derechos humanos fundamentales.
De su lado, Dirocie De León precisó que los Códigos de Justicia Militar y Policial que sancionan a policías y militares con prisión por sostener relaciones sexuales consensuadas con personas del mismo sexo, así como por “la tentativa” de sostener estas relaciones, se constituyen en una forma de discriminación injustificada que afecta derechos fundamentales como la dignidad, la libertad personal, la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo, entre otros.





