El caso de La Vega

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RESUMEN
El Ayuntamiento de La Vega atraviesa por una fase institucional de relativa acefalía, a consecuencia de la renuncia simultánea de quienes fueran sus alcalde y vicealcaldesa electos, pero que renunciaran a esos cargos, provocando un vacío institucional que pone de relieve una situación de ambigüedad jurídica para determinar el camino sucesoral.
Frente a esa situación un grupo de partidos de la oposición, han planteado como solución al problema sucesoral, la realización de elecciones extraordinarias en el municipio de La Vega para llenar las vacantes creadas por los renunciantes funcionarios electos.
Esa propuesta no está en la Constitución vigente ni en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios. Esta última, según el comunicador, periodista y abogado especialista en Derecho Constitucional, Carlos Manuel Estrella, en uno de sus habituales comentarios, señala que, a falta del alcalde y la vicealcaldesa, “el secretario del Ayuntamiento asumirá de manera interina las funciones de la alcaldía hasta que, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución, el presidente de la República designe quienes ocuparán los cargos de los renunciantes”.
Pero esa facultad del presidente dice Estrella, quedó fuera del texto constitucional en la Carta Magna vigente, al tiempo de sugerir que correspondería al Concejo Municipal la facultad de proceder a conocer de las vacantes producidas por la sorpresiva renuncia de ambos funcionarios electos.
Esa sugerencia que luce atinada, a su vez fortalecería el poder local que es una aspiración del movimiento municipalista que plantea el fortalecimiento del poder local, tanto para los ayuntamientos como para la dirigencia local de los partidos.
Una alternativa derivada podría consistir en que el Partido de Gobierno, afectado por el caso de La vega, proceda a someter al Congreso una modificación a la Ley del Distrito Nacional y los municipios, donde se le adicione un párrafo donde se establezca que ante las vacantes que se produzcan de los munícipes electos, el Concejo edilicio proceda a llenar las vacantes de las ternas que sometan los partidos de los funcionarios municipales electos y renunciantes. Con ello también se le da una solución institucional que fortalece la institucionalidad municipal y al poder local.
¡Qué no se especule tanto con el ejercicio de la política!




