Con el nuevo Código Penal

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RESUMEN

Inusitado el debate abierto sobre si el nuevo texto del Código Penal debe tener vigencia en la fecha prevista, luego de haberse cumplido el plazo de un año, o si se requiere de más tiempo que el estipulado en la denominada vacatio legis.
Respecto a la entrada en vigencia, en estricto sentido lógico entendemos que el plazo era razonable para conocer modificaciones, para ahora, al “echarse las palomas”, retrotraernos a un debate en el que no vemos nada nuevo, además de que el nuevo código es pasible de cambios.
No se cierra ninguna puerta, salvo que con la extensión del plazo se pretenda dejar abierta la discusión de los mismos temas a los que la sociedad ha asistido por décadas.
Como medio de comunicación tenemos reparos a lo que concierne a la libertad de expresión, a la difamación y el ultraje.
Pero hay una cuestión innegable que debiera presidir la inusitada discusión, y es que el nuevo Código Penal supera figuras arcaicas, sanciones legales que son verdaderas antiguallas y que no tienen razón de ser en una sociedad moderna como la que pretendemos habitar.
No quisiéramos ver reeditar, si se pretende que sigamos anclados en el pasado, desgracias de gran magnitud y que la pena solo llegue a 24 meses, o seguir bajo el imperio de la violencia y la delincuencia y de crímenes horrendos prácticamente sin castigo.
Con esto no ocultamos los temas controversiales que arrastra de la nueva pieza. Sin embargo, en todo caso siempre estarán las vías legales y la Constitución para encaminar modificaciones.
No alcanzamos a distinguir los escollos, sobre todo después de un año de “vacatio legis” salvo que, como ya lo ha advertido el magistrado Milton Ray Guevara, exista un interés de instalar el miedo al nuevo código y se busque amparo en algunos temas que ciertamente precisarían de aclaración o reparación.
Dilatar su entrada en vigencia, solo servirá para mantener un estado de cosas que hace muchos años sabemos que hay que cambiar.




